Nuestro sitio web utiliza cookies para mejorar y personalizar su experiencia y para mostrar anuncios (si los hay). Nuestro sitio web también puede incluir cookies de terceros como Google Adsense, Google Analytics o YouTube. Al utilizar el sitio web, usted acepta el uso de cookies. Hemos actualizado nuestra Política de Privacidad. Haga clic en el botón para consultar nuestra Política de Privacidad.

Claro: contamos con el monto de la millonaria sanción impuesta por la SIC y por qué – Empresas – Economía

La compañía Claro tendrá que pagar una multa de más de 1.306 millones de pesos, luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) demuestre que en su campaña ‘Amigos que te premian’, la empresa de televisión y telefonía que opera en Colombia y buena parte de latinoamerica, omitir implementar medidas adecuadas y suficientes para obtener números de teléfono de clientes adicionales, sin autorización previaexpresa e informada, para agradecer sus servicios de telecomunicaciones.

(Lea también: SIC obliga a Claro y Movistar a hablar con los usuarios a los que les niegan la portabilidad)

Esta es la multa más alta hasta ahora en términos monetarios, que la Superindustria ha impuesto a una compañía de este segmento por la violación del Régimen de Protección de Datos Personalesdebido además, a la reincidencia de la compañía, toda vez que la citada sociedad ya había sido multada antes por la misma situación.

Según el órgano de vigilancia y control, además de la sanción monetaria, la SIC impartió una serie de medidas que el operador de telefonía en Colombia debe implementar para subsanar su conducta, entre las cuales está la orden de abstenerse de seguir utilizando las bases de datos recogidas con motivo de la campaña «Amigos que te premian».

(Le puede interesar, además: Alistan las reglas para que las multinacionales digitales paguen más impuestos)

De igual forma, Claro deberá proceder a la eliminación de las bases de datos asociadas a esta campaña, así como cesar todo tipo de actividad en la recolección de datos personales, sin la autorización de su titular, a través de este tipo de estratos comerciales, ya que son utilizados por terceros para la recolección de datos personales con fines comerciales.

La SIC informó, no obstante, que contra dicha decisión proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigación de Protección de Datos Personales y de apelación ante el Despacho de la Superintendente delegada para la Protección de Datos Personales.

Otras sanciones

En octubre de 2021, la SIC también impuso una multa de 950 millones de pesos a esta misma compañía por haber utilizado la base de portabilidad numérica en la que se encuentran registrados la totalidad de los números de telefonía celular en el país para realizar campañas de marketing masivo para la captura de nuevos clientes.

En la decisión del regulador se encuentra que en Colombia existe una base de datos de portabilidad digital creada por la Ley 1245 de 2008 y reglamentada por la resolución 5050 de 2016 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, cuya finalidad específica es la de lograr, con el interacción de la totalidad de los operadores de telefonía celular, la consecución de la portabilidad numérica de acuerdo con el plan nacional de portabilidad bajo criterios técnicos estándar.

Pesar a ello, indicar la SIC en su momento, Claro proporcionó acceso a una base de datos de datos y obtuvo información de millones de personas para realizar una captación masiva de clientes de otros operadores sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los propietarios y con una finalidad absolutamente distinguida la establecida en la Ley 1245 de 2008.

Ver más noticias sobre Honduras

Por Camila Santacruz

Especialista en Economía

Articulos relacionados